Millones de personas siguen trabajando en condiciones inhumanas en todo el mundo; para ellos, el trabajo forzado y el infantil están a la orden del día. Para muchos de ellos, los salarios por debajo del nivel de subsistencia no son infrecuentes, todos estos siguen trabajando bajo normas de seguridad que ponen en peligro sus vidas, sufriendo a su vez consecuencias negativas para su salud. Junto a ellos el medio ambiente también sufre, y esto tendrá un impacto devastador en el futuro y en los medios y modo de vida de millones de personas. Mientras todo esto sigue ocurriendo la explotación y la degradación medioambiental siguen siendo elementos de las cadenas de suministro de las empresas europeas.
La cruel tendencia a la violación de derechos y condiciones de trabajo inhumanas va en aumento especialmente en China, donde el problema se está extendiendo cada vez más ya que, por ejemplo, en la actualidad 25 millones de personas son víctimas del trabajo forzado, 79 millones de niñas y niños están afectados por la explotación laboral infantil. Ante estos datos resulta más cruel señalar que por ejemplo en China la cuota salarial de una costurera de una camiseta de marca es del 0,6%”.
Para esos millones de personas que nombramos al inicio, la ley de debida diligencia será vital para proteger sus derechos humanos y el medio ambiente, aunque a priori y dentro de la Unión Europea, algunos Estados Miembros ya han aprobado leyes nacionales sobre la base de los mismos principios que inspiran la propuesta de Ley, entre los que destacan Francia que ha puesto en marcha la Ley número 2017-399 relativa a la vigilancia de las sociedades matrices y las empresas contratistas. A su vez, Alemania aprobó la ley de 16 de julio de 2021 sobre diligencia debida de las empresas respecto de las cadenas de suministro. En el corto o medio plazo se espera la implantación en España de estas obligaciones, a las que tendrán que adaptarse aquellas empresas afectadas por la nueva norma que se apruebe.
La futura Ley de debida diligencia se aplicará en todos los países europeos y obligará a realizar controles estrictos de las redes de suministro, centrados en los aspectos medioambientales y sociales (por ejemplo, adquisición de materiales controvertidos, condiciones laborales justas, evitar el trabajo infantil, etc.). La entrada en vigor de esta nueva ley supondrá un reto importante para las empresas, ya que las obligaciones de responsabilidad contempladas en el proyecto de directiva van más allá de las propias actividades de las empresas e incluyen a todos los proveedores de productos y servicios. Por todo esto, animo a las empresas a examinar las partes de su cadena de valor para eliminar el posible riesgo de responsabilidad y garantizar la mitigación de los mismos.
El actual proyecto de Ley Europea de debida diligencia en materia de sostenibilidad tiene como objetivo fomentar un comportamiento empresarial sostenible y responsable en todas las cadenas de suministro mundiales. La propuesta exige a las empresas de la UE que auditen a sus proveedores a lo largo de toda la cadena de suministro global, incluyendo todas las relaciones comerciales directas e indirectas. Esto incluye la prevención y mitigación de los efectos adversos de actividades en los derechos humanos, como por ejemplo trabajo infantil o explotación de los trabajadores y relacionadas con el medio ambiente, como paliar los efectos de la contaminación o la pérdida de la biodiversidad. Una vez que el proyecto sea aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo, los Estados miembros de la UE tendrán dos años para transponer la directiva a sus legislaciones nacionales.
Esta directiva afectará a todas las empresas europeas, así como las organizaciones de otros países que operan en la UE con 500 empleados o más y con un volumen de negocios neto de al menos 150 millones de euros, están cubiertas por la ley, la directiva acabará dando cobertura legal a unas 9.400 empresas y será inicialmente aplicable a las empresas con las siguientes características:
Grupo 1: Donde entrarán todas las empresas de responsabilidad limitada de la UE de tamaño y poder económico considerables (más de 500 empleados y más de 150 millones de euros en volumen de negocios neto en todo el mundo).
Grupo 2 Donde entrarán otras empresas de responsabilidad limitada con actividades en sectores definidos de gran impacto y que no alcancen los dos umbrales del grupo 1, pero que tengan más de 250 empleados y un volumen de negocios neto de 40 millones de euros en todo el mundo. Para estas empresas, las normas empezarán a aplicarse dos años más tarde que para el grupo 1.
Las autoridades administrativas nacionales designadas por los Estados miembros serán responsables de supervisar estas nuevas normas y podrán imponer multas en caso de incumplimiento. Además, las víctimas tendrán la oportunidad de emprender acciones legales por los daños y perjuicios que podrían haberse evitado con medidas adecuadas de diligencia debida.
Para enfrentarse a todos los requisitos del nuevo reglamento de forma legalmente segura, las empresas deben realizar una evaluación de riesgos continua y comprensible. Con la ayuda de una auditoría flexible de los socios comerciales como parte integrante del sistema de gestión del cumplimiento (CMS), las empresas pueden cumplir y documentar simultáneamente sus obligaciones de diligencia debida.
Por tanto, la nueva ley de debida diligencia supone un significativo cambio de paradigma, ya que la responsabilidad de las empresas pasa de ser meramente voluntaria a convertirse en una obligación vinculante. Así, estarán legalmente obligadas a tutelar los derechos humanos y a documentar el cumplimiento de los requisitos de debida diligencia de forma continua, con la publicación de un informe anual en su página web cumpliendo con su deber de transparencia. Sin duda alguna está ley tendrá un carácter dominó ya que precisamente por asegurar la legalidad preveo que la normativa se extenderá al resto de empresas. Los derechos humanos de tantas personas vulnerables están de enhorabuena.












