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Ordenanza municipal del ruido de Plasencia: Lo que se dice y lo que se hace…

por Julián Gutiérrez
04/11/2023
en Plasencia
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Ordenanza municipal del ruido de Plasencia: Lo que se dice y lo que se hace…

A punto de concluir el periodo de alegaciones al borrador de la Ordenanza sobre el Ruido publicada por el Ayuntamiento de Plasencia, queremos puntualizar una vez leído y releído el borrador, algunos silencios, entendemos intencionados, en su articulado sobre algunos focos de contaminación acústica que no se tratan o no le interesa al actual alcalde de Plasencia el que sean regulados.

Debemos partir de la base, que la contaminación acústica supone un riesgo grave para la salud de las personas además del daño para el Medio Ambiente en general, y que afecta a un derecho fundamental como es el <Derechos al descanso> hay que tratarla de manera muy seria y que está amparada y regulada en legislación nacional, autonómica y en jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal Europeo de Derechos Humanos: “Las administraciones deben adoptar las medidas para garantizar de manera Real y Efectiva los derechos fundamentales de los ciudadanos a la integridad física y psíquica, la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad del domicilio por el ruido, así como, los derechos de todos a un medio ambiente adecuado y a la salud”. Toda esta jurisprudencia ha sido refrendada por el Defensor del Pueblo.

Además, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sentenciado contra el Reino de España: “No podrá haber injerencia de la autoridad pública en el ejercicio del derecho de las personas al descanso y al silencio en su domicilio”. Es decir, hay legislación suficiente y jurisprudencia para que la Ordenanza Municipal; no olvida en su articulado ciertos focos de emisión acústica.

Nos llama la atención que en este borrador de Ordenanza Municipal del Ruido que presenta el Ayuntamiento de Plasencia, omita en su articulado a las Terrazas/Veladores que las considera toda la jerarquía normativa ya expresada como: “Emisores acústicos sin aislamiento acústico alguno”; teniendo que cesar su actividad a las 23,00h.

¿No será que no quiere tratarlo para no molestar a los locales de ocio nocturno que tienen basado su negocio en la puerta de los mismos?

¿Qué interés tiene el Ayuntamiento en no diferenciar claramente los Bares, Cafeterías y Restaurantes, muchos de ellos con terrazas? Hay que diferenciar y parece que este Alcalde no lo quiere; a los Bares, Cafeterías y Restaurantes con terrazas de los locales de ocio nocturno que instalan en la calle a modo de terrazas (mesas y taburetes altos) para fijar su clientela en la calle dado lo limitado de su aforo. Esto no está contemplado como Terrazas/Veladores. De ahí la necesidad de diferenciarlo. Ahora parece todo mezclado y así parece que quieren que siga.

Tampoco trata las aglomeraciones en las puertas de los locales de ocio a partir del Horario de Descanso Nocturno y que es el foco principal de contaminación acústica e inmisión de ruido que rebasan los Niveles de ruido de Recepción Externo y los Niveles de ruido de Recepción Interna. Unido todo ello, a la prohibición de beber alcohol en la calle de consumiciones procedentes del propio local de ocio. La ley solo permite consumir sentados y para eso están las terrazas/veladores.

No se trata tampoco las “Fiestas en pisos”, muy habituales, y que ocasionan muchas molestias y ruido a la vecindad del bloque donde se celebran. Si se celebran, deberán cumplir en cualquier caso los límites de emisión de ruido especificados en la legislación vigente. Se han preguntado: ¿por qué no quiere incluirlo en esta Ordenanza el alcalde placentino?

Las zonas de intramuros donde se encuentran la mayoría de los locales de ocio, están saturadas de estos locales, dentro de una trama urbana de calles estrechas y plazas pequeñas que hacen mas difícil aún el cumplimiento de los niveles máximos en Horario de Descanso Nocturno. El Ayuntamiento se resiste a declarar Zonas Saturadas de Ruido. ¿Por qué? Es el competente en hacerlo. El propio Defensor del Pueblo se lo ha recomendado.¿por qué no lo hace?

También se resiste el Ayuntamiento, y la Ordenanza tampoco lo contempla y que la ley autonómica determina como obligatorio, el exhibir la tablilla tanto el la entrada a los locales como dentro y en lugar visible del mismo. Es ley y por tanto obligación de hacerla cumplir y que podría ratificarse en la Ordenanza.

En cambio si le interesa reseñar en la ordenanza a modo de amenaza las consecuencias que se derivan de presentar denuncia por escrito por parte del vecino y que sean “reiteradamente infundadas” será de cargo del denunciante los gastos originados por la inspección.

Y si es de madrugada, es decir de urgencia, la denuncia “podrá ser formulada directamente a la Policía municipal” .

Cuántas veces los vecinos han llamado a la Policía Municipal de manera reiterada y como no se presentan de inmediato, cuando llegan ya no hay nada; por tanto, podrán responsabilizar al vecino de: “denuncia reiteradamente infundada”. Parece que lo que intenta transmitir el Alcalde es que los vecinos no denuncien y aquí paz y después gloria. No pasa nada . O quieren, eso parece, que el vecino cuando llame, se provea de cámara fotográfica, haga fotos y vídeos, llame a otros vecinos para que testifiquen de la realidad para así demostrar que la Policía Municipal no le impute ¿denuncia reiteradamente infundada?. La Policía llega muy tarde desde que fue llamada y cuando llega no hay nada, ¿qué puede pensar? No se dará cuenta el Alcalde que esto más se parece a una mordaza que a una indicación.

Agradecemos que al fin y al cabo el alcalde se haya decidido a presentar la Ordenanza Municipal del Ruido después de tantos años pidiéndola los vecinos y su asociación vecinal como instrumento necesario para reforzar la convivencia ciudadana y que los empresarios de estos locales conozcan de manera cercana y previa a la petición de licencia.

Desconocemos las propuestas que los grupos municipales de la oposición hayan presentado ante la comisión informativa correspondiente si es que les han convocado. Al igual que sí fueron convocados para esta redacción . Lo que sí podemos confirmar es que la Asociación Vecinal Intramuros , no ha sido convocada para consensuar nada. Recordamos en palabras del Alcalde que serían convocados todas las partes (vecinos, empresarios y oposición) para consensuarla y nada de ello se ha hecho. Por tanto el diálogo que argumenta siempre el Alcalde, no se ha dado. No sorprende, porque una cosa es lo que dice y otra lo que hace.

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